
Patrones que no tengan asegurado a su personal están obligados a cubrir los gastos de salud derivado de un accidente de trabajo, advirtió la Jueza Primero de lo Laboral, María Hilda Salazar Magallanes.
Señaló que las complicaciones de no asegurar a los trabajadores ante un accidente de trabajo resultan perjudiciales, porque se asumen los costos de un siniestro, así como las responsabilidades generadas por no cumplir con la normatividad.
Precisó que dar de alta a un trabajador en la actualidad es muy sencillo, porque se puede hacer en línea y debe verificarse que estén en el nivel de riesgo por actividad preciso para que después no se le generen cargos adicionales por ajuste de prima o pagos de liquidación; esto le permite pagar el costo exacto de la inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social, según el riesgo de la actividad de cada uno de sus colaboradores.
La Jueza enfatizó que cuando un trabajador acude a solicitar los servicios del Seguro Social y no se encuentra afiliado al servicio médico, se generan repercusiones económicas al detectarse la irregularidad.
“Si un trabajador acude al IMSS pensando o suponiendo que está dado de alta y no lo está, el IMSS lo atiende, y genera al patrón un capital constitutivo que le implicará un alto costo, al detectarse que estaba laborando y no está formalmente inscrito”, explicó.
Recomendó que los empleados siempre deben tener en orden la documentación de afiliación y no dejar pasar tiempo para acudir a la revisión médica, pensando que no resulta tan grave y a la postre se pueda complicar su salud por dejarlo para después.
Refirió que no puede desestimarse el registro ante el IMSS, porque, ante un accidente grave o que deja daños de por vida, el patrón tendrá que asumir esta atención de por vida.
Salazar Magallanes expuso que cualquier trabajador que busque interponer una demanda contra su patrón por no ofrecerle la atención médica debe acudir a obtener el dictamen correspondiente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, con el cual se inicia el proceso para reclamar la prestación de los servicios de salud y cobertura de cualquier problema generado por accidente de trabajo.