
Se atrasa la entrada en vigor obligatoria del CFDI en su versión 4.0 para los contribuyentes, la cual estaba para el próximo 1º de enero y ahora será efectivo a partir del 1º de abril de 2023, así lo dio a conocer el presidente del Colegio de Contadores Públicos, Raúl Chávez Díaz.
El especialista recordó que esta obligación estaba contemplada desde la Miscelánea Fiscal 2022, la cual, en principio, debía entrar en vigor desde el 1º de enero de este año, lo que causó muchas dudas y expectación, sobre todo con el pago de las nóminas por parte de las empresas hacia sus trabajadores, lo que hizo que se generaran filas importantes en el SAT para aquellos que necesitaban obtener su Constancia de Situación Fiscal.
Derivado de lo anterior, la Secretaría de Hacienda prorrogó su entrada en vigor para el 1º de octubre pasado, luego para el próximo 1º de enero y finalmente quedó para el 1º de abril de 2023, la cual ahora si pudiera ser la última fecha, dado que la tendencia es que ahora sí se aplique.
Estableció que de hecho algunos contribuyentes ya han implementado este nuevo CFDI 4.0., donde, entre otras cosas, el Código Postal debe estar relacionado con el domicilio fiscal y, en esta versión, para cualquier comprobante que se emita, se requiere saber cuál es el régimen fiscal en el que está la persona, dado que el propio SAT lo valida y, en caso de alguna inconsistencia, no deja emitir el comprobante si no coincide.
Adicional a lo anterior, dijo que la Carta Porte también pospone su entrada en vigor para el 1º de abril del próximo año, trámite que ha generado muchos dolores de cabeza a las empresas transportistas, dado que la autoridad fiscal les pide que llenen campos de manera exagerada y por ello el Instituto Mexicano de Contadores Públicos local y nacional han pedido al SAT que haya una modificación, ya que es mucha la información que solicitan.
Ejemplificó el caso de la gente del campo que traslada el producto de sus parcelas por carreteras federales a bodegas y a otros clientes, y ellos también tienen que emitir un CFDI, ya que, de no hacerlo, se puede tipificar como contrabando. “Para la gente del campo con difícil acceso a internet va a ser difícil emitir un CFDI y es peligroso que llegue a ocurrir tal situación. Los contadores estamos de acuerdo con que se regule, pero de manera simplificada”.