Como una especie de “experimento social”, algunas y algunos aspirantes para los futuros cargos de Magistrados/Jueces federales han estado tratando de promocionar sus perfiles y de forma paralela, han proyectado cómo podrían verse las elecciones para dichos cargos el próximo año. Personajes como la magistrada María García Villegas, Eduardo Andrade entre otros, han estado impulsando sus perfiles como (pre)pre candidatos para la elección, emitiendo opiniones o críticas sobre temas diversos, arrojando (directa o indirecta) un posicionamiento previo que eventualmente se convertirán sus propuestas de campaña. Sin embargo, al no tener un precedente directo, esta elección será la antesala de múltiples campañas electorales que veremos a lo largo de los próximos años, por ello, debemos identificar los polos opuestos en esta contienda y resaltar la importancia de qué es lo que debemos esperar de las y los próximos juzgadores federales.
Honestamente, considero que por la naturaleza del cargo, existe una evidente inviabilidad de “prometer” un sentido, interpretación o fallo en sentencias de forma genérica. Es decir, sería un total desatino decir que van a confirmar todas las sentencias recurridas mediante amparos para dejar “a los delincuentes en la cárcel” o que van priorizar el bienestar a las y los menores de edad en todos los juicios que de fondo versen sobre materia familiar (algo que la propia constitución les obliga y los tribunales federales llevan muchos años haciéndolo). Por lo tanto, cada que analicemos los posicionamientos de las y los aspirantes, debemos tomar en cuenta que los discursos pueden ser o “muy técnicos” o “absurdos”, dependiendo de la calidad o preparación de los perfiles.
Por ejemplo, en el caso de la magistrada García Villegas, compartió en su cuenta de twitter o “X” sus reflexiones sobre la promoción de la gratuidad de la educación superior, dejando clara su posición de “emitir fallos a favor de la gratuidad en los centros de educación superior”. De entrada, suena como un criterio prometedor e incluso llamativo hacia un sector votante que le beneficiarían estos cambios, sin embargo, detrás del cobro de cuotas o colegiaturas por parte de algunas universidades públicas, se encuentran sistemas que requieren de un financiamiento adicional para garantizar un servicio educativo de calidad. Por ello, es un tanto contraproducente que al no existir un recurso público que supla el hueco presupuestal que dejarían las sentencias otorgadas a favor de los recurrentes, o bien, la inconstitucionalidad del cobro de cuotas o colegiaturas; la calidad del servicio educativo (así como el resto de servicios que pudieran otorgar las universidades públicas) sería deplorable o por lo menos insuficiente (como sucede con las universidades Benito Juárez García).
Es muy importante resaltar que las y los jueces no pueden hacer política pública por dos razones. Primero, porque no cuentan con toda la información necesaria para estimar el impacto de una decisión de este calado en diferentes rubros, aunado a que los cambios estrictamente jurídicos no pueden armonizarse con algún plan de desarrollo; y segundo, porque no son sus facultades, ya que el trabajo estricto de los tribunales es dirimir las controversias y verificar se que respeten los DH y la CPEUM, no hacer el trabajo del poder ejecutivo o legislativo. Entonces, por más bien intencionadas que sean las intenciones de la candidata, si promete fallar a favor de la gratuidad de la educación superior (sin tomar en cuenta lo anterior) podría terminar perjudicando a las y los estudiantes.
En el polo opuesto, está Eduardo Andrade, quien en la misma plataforma “X” no ha parado de compartir sus puntos de vista sobre la “constitucionalidad” de algunos temas (en particular, la prisión preventiva oficiosa). Sus opiniones son bastante oportunas si estuviéramos discutiendo estos asuntos antes de la reforma al poder judicial de 1994, toda vez que el abogado sostiene, abiertamente, discursos de “supremacía constitucional” ignorando décadas de evolución de derechos humanos en México, o bien, citando casos de la CIDH para terminar afirmando que deben prevalecer la legislación local aunque viole derechos humanos (contrario a todo el derecho internacional de los derechos humanos). Ese discurso es, simultáneamente, su propuesta: neoconstitucionalismo o originalismo mexicano; es decir, que cualquier cosa que las y los legisladores reformen o adhieran a la constitución se quede firme, a pesar de que violente derechos humanos o vaya en contra de los criterios de la CIDH.
Lo anterior es sumamente grave, ya sea porque el candidato lo haga de forma dolosa o por evidente ignorancia (lo cual no me sorprendería, leyendo sus comentarios a la old school de tiempos de Ernesto Gutiérrez y González), porque a pesar de que brinda una falsa sensación de nacionalismo (muy al estilo de la 4T), esta visión retrógrada de los derechos humanos y el sistema interamericano fomentaría una regresión a los derechos humanos de todas y todos los mexicanos (sobre todo grupos vulnerables).
Finalmente, ambos candidatos reflejan polos opuestos de perfiles a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pero, todo apunta a que el resto de aspirantes van a estar en ese intermedio (o cayendo en el primer supuesto, de prometer fallos genéricos). Quienes logren estar en la boleta el próximo año, deben construir un perfil vigente, con miras a expandir los derechos de las y los ciudadanos, sin comprometer la calidad de los servicios; de la misma manera, que sean abogadas y abogados actualizados, o por lo menos que conozcan de la aplicación actual de los derechos humanos. De lo contrario, será insostenible tener perfiles tan opuestos entre sí y terminaría colapsando el sistema judicial.