
Sea bajo bienes separados o mancomunados, las parejas tienen la posibilidad de acordar su protección y las de los menores en un juicio de divorcio, señaló Nadia Steffi González Soto, Juez Segundo de lo Familiar.
Cuando una persona busca divorciarse de manera unilateral, en la que la otra persona no está de acuerdo, se abre un proceso de conciliación en audiencia judicial donde se abordan todos los temas en los que puedan existir diferencias, agregó.
Estos aspectos consideran la guardia y custodia de hijos menores de edad o incapaces, alimentos, convivencia y uso del domicilio conyugal.
Expuso que, en el caso del divorcio de un matrimonio bajo unión de régimen conyugal, se procede a la liquidación conyugal del patrimonio existente entre la pareja, o bien, la distribución, cuando una de las parejas no trabaja y se dedica al cuidado del hogar.
Cuando se busca el divorcio de un matrimonio por bienes separados, existe la posibilidad de buscar la pensión compensatoria, que puede ubicarse hasta en un 50% de los bienes de un cónyuge en algunos casos, de acuerdo con las circunstancias del caso, considerando que uno de los dos no hubiese laborado para dedicarse al cuidado del hogar.
Manifestó que alguno de los cónyuges puede ejercer su derecho al costo de oportunidad, en la que, en caso de haberse quedado al cuidado de los hijos y el hogar, no puede desarrollarse o laborar.
Expuso que el artículo 289 del Código Civil del Estado de Aguascalientes comprende las fracciones que dan certidumbre a la protección de quienes se unen matrimonialmente, con quien viven los menores, así como el pago de alimentos, y quien se puede quedar a vivir en el hogar donde vivieron como familia.