
Cuando Aguascalientes realizó, hace apenas unos días, el primer trasplante de hígado en su historia, la nota dominó los titulares por lo evidente: es un logro médico. Pero, como abogada que trabaja el derecho sanitario, veo algo más allá, detrás del boletín de prensa. Advierto un ejercicio de gobernanza que tomó tres años construirse y que no se puede fingir de un día para otro.
Un trasplante hepático no ocurre porque un hospital lo decida. Se requirió que la Secretaría de Salud del Estado obtuviera la autorización sanitaria de la Cofepris y el registro correspondiente ante el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra), conforme a la Ley General de Salud. Eso implica protocolos de bioseguridad, personal certificado, infraestructura evaluada y un sistema de trazabilidad que garantice que cada órgano trasplantado cumple con los estándares que la ley exige para proteger la vida del receptor. Nada de eso se resuelve con voluntad política de última hora; se construye, expediente por expediente, con años de gestión técnica sostenida y un fuerte compromiso social.
Lo mismo ocurre con la segunda sala de hemodinamia que el Hospital Hidalgo puso en operación este año. Equipar una sala de este tipo no es solo comprar un angiógrafo; implica personal capacitado en procedimientos cardiovasculares de alta especialidad, mantenimiento continuo y un sistema de referencia que permita atender con la misma rapidez a un adulto que a una niña o un niño en una urgencia. Es infraestructura que reduce tiempos de espera y, en cardiología, el tiempo es, literalmente, tejido salvado.
Considero muy importante destacar lo que el secretario de Salud del Estado, Rubén Galaviz Tristán, ha explicado claramente: estos resultados son producto de tres años de trabajo institucional, no de un anuncio aislado. Y esa distinción importa más de lo que parece. En derecho sanitario, la práctica nos demuestra que la diferencia entre un sistema de salud funcional y uno que solo aparenta serlo está exactamente ahí: en si las instituciones cumplieron, año tras año, con el marco normativo que las obliga —o si simplemente esperaron a que nadie preguntara—.
Vale la pena detenernos a mirar estos ejemplos y darle a la gestión pública el lugar que realmente merece. El artículo 4.º constitucional obliga al Estado a garantizar el derecho a la salud y, cuando una entidad logra activar, por primera vez en su historia, un marco tan exigente como el de los trasplantes de órganos, eso no ocurre por accidente: es el resultado de una administración profesional, constante y pensada para la gente. Y es justamente este tipo de gestión pública —la que sostiene procesos complejos a lo largo del tiempo— la que termina haciendo la diferencia real en la calidad de vida de las personas. Por tanto, vale mucho la pena reconocerla y valorarla.
Porque la salud pública, como derecho humano, no se improvisa. Y la actual administración de salud lo ha comprendido y demostrado a cabalidad: la salud pública se construye con expedientes bien hechos, con años de continuidad y con funcionarios comprometidos y dispuestos a rendir cuentas por procesos y resultados, no solo por querer informar algo. Enhorabuena por este gran avance en beneficio de toda la sociedad hidrocálida.








