La grave precariedad laboral generada por algunas plataformas digitales como Uber, Didi y Cabify es alarmante. Estas empresas no proporcionan ninguna prestación a los trabajadores que se desempeñan como choferes, quienes carecen de seguridad social y prestaciones laborales, destacó el vicepresidente regional de la Federación Nacional de Colegios de Economistas de la República Mexicana, Jael Pérez Sánchez.

Resaltó la falta de cifras precisas sobre la cantidad de personas que trabajan en plataformas digitales, tanto en México como en otros países, pero subrayó la importancia de estas nuevas ocupaciones y su creciente impacto en el empleo precario.

Indicó que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) reconoce que la digitalización ha profundizado la precariedad laboral y la informalidad en toda la región. Además, el cambio de comportamiento de los jóvenes también ha influido en dicha precarización, ya que muchos, especialmente aquellos entre 17 y 30 años, prefieren la autogestión y rechazan los horarios y jefes tradicionales, optando por el autoempleo en plataformas digitales.

Explicó que dichas plataformas actúan como intermediarios entre los oferentes y los demandantes de servicios. Aunque algunas cumplen únicamente con esta función de intermediación, otras ofrecen servicios propios y se consideran trabajadores independientes o autónomos.

Comentó que muchas plataformas, especialmente Uber y Didi, hacen la fijación unilateral de precios, de las condiciones contractuales, de los procesos de selección, reclutamiento, evaluación, control y sanción, la propiedad de los activos, así como el uso obligatorio de logotipos y la elaboración unilateral de contratos de servicios.

Ante esta situación, consideró importante que las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social intensifiquen la inspección laboral en estas plataformas y defiendan los derechos de los trabajadores en las zonas grises en las que se encuentran. Por lo tanto, es necesaria una reforma a la Ley Federal del Trabajo que considere las características de empleo por estas plataformas y obligue a dichas empresas a proporcionar prestaciones y servicios de salud a los trabajadores.