
Uno de los problemas graves que no ha logrado erradicarse para este proceso electoral 2023-2024, es el de la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Son varios los motivos por los que no se ha combatido de forma efectiva, y el primero de ellos, es que a muchas personas no les queda claro de qué se trata y, por ende, tras este vicio de origen, no han podido plantear una defensa adecuada, iniciando por promover sus quejas ante autoridades que no tienen competencia para conocer del asunto.
Para empezar, debemos tener la conciencia de que existen muchas clases de violencia contra las mujeres y, según de la que se trate, será la estrategia para su prevención ocombate.
¿Cuáles son los elementos para detectar la violencia POLÍTICA contra las mujeres por razón de género?
- Lo primero, es que el acto u omisión, incluida la tolerancia, se base en elementos de género, es decir, QUE SE DIRIJA A UNA MUJER POR SER MUJER; que tenga un impacto diferenciado y desventajoso en las mujeres o las afecte desproporcionadamente. Algunos ejemplos que pueden clarificar este elemento son: cuando se desconocen las capacidades de una mujer y se le dice que “sólo sirve para cuidar a los hijos o para la cocina” o cuando se afirma que “obtuvo tal candidatura o cargo por ser la esposa de tal personaje” o cuando se afirma que sus decisiones “atienden a cuestiones hormonales”.
- Que la conducta u omisión, de manera directa o indirecta,tenga por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos POLÍTICO-ELECTORALES de las mujeres. Por ejemplo,dañar, en cualquier forma, elementos de la campaña electoral de la mujer, impidiendo que contienda en condiciones de igualdad.
- Que se dé en el marco del EJERCICIO DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES o bien en el EJERCICIO DE UN CARGO PÚBLICO, y que menoscabe el ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas o candidaturas.Un ejemplo es cuando en alguna sesión de cabildo, se otorgue el uso de la voz sólo a los varones y a las mujeres no.
- Sea ejercida de forma simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y/o psicológica.
- Puede ser perpetrada por cualquier persona o grupo de personas, sean hombres, mujeres o no binarios, ypor lo regular, dada su naturaleza, se suele ocasionar por integrantes de partidos políticos, aspirantes, personas candidatas a cargos de elección popular o de dirigencia partidista; servidores públicos, autoridades gubernamentales, funcionarios o autoridades de instituciones electorales; representantes de medios de comunicación, entre otros.
¿Qué puede hacer para defenderseuna mujer que se considera víctima de violencia política por razón de género?
En primer lugar, debe saber que tiene el derecho a recibir información y asesoramiento de forma gratuita sobre los derechos que tiene y las vías jurídicas para ejercerlos, a fin de que esté en condiciones de tomar una decisión informada sobre cómo proceder.
Una vez que promueve su queja ante las autoridades competentes, éstas realizarán las acciones oportunas para garantizarle que sea tratada con respeto a su integridad, velará para que se le otorguen las medidas de protección necesarias para evitar que el daño sea irreparable; en su caso, garantizarle atención médica y psicológica gratuita, integral y expedita. Así mismo, tendrá el derecho a la confidencialidad y a la defensa adecuada.
Es importante que nos quede claro que para combatir este grave problema existe una responsabilidad compartida entre la víctima y las autoridades. Primero, con el fomento a la cultura de la denuncia con el debido asesoramiento y acompañamiento de la víctima y luego con el seguimiento correcto del procedimiento hasta su conclusión.