El Congreso del Estado de Aguascalientes reformó ayer el Código Penal local para tipificar el delito de sabotaje, el cual se define como la acción de dañar o destruir la infraestructura pública o el equipamiento destinado a la prestación de servicios públicos estatales o municipales, con la intención de suspender o afectar dichos servicios y funciones.
A quienes sean encontrados responsables de sabotaje se les impondrán penas que van desde 3 hasta 8 años de prisión, así como una multa que oscila entre 1,000 y 1,400 días de salario mínimo. Además, estarán obligados a cubrir el costo total de la reparación de los daños y perjuicios causados por sus acciones.
INSPECCIONES. El pleno legislativo también aprobó reformas a la Ley de Movilidad del estado, que permiten a la Coordinación de Movilidad aplicar la revisión vehicular en la inspección físico-mecánica de los vehículos y equipamiento auxiliar destinados a la prestación de servicios de transporte público privado y de personas contratados a través de plataformas tecnológicas, administrados por empresas de redes de transporte.
Esta medida tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las disposiciones en materia de instalaciones, equipo, aditamentos, sistemas y, en general, las condiciones de operación y especificaciones técnicas necesarias para garantizar la óptima prestación del servicio. La revisión vehicular se llevará a cabo para asegurar la seguridad y calidad del transporte público en el estado de Aguascalientes.
PREVENCIÓN. Por otro lado, los legisladores establecieron un marco normativo para garantizar la presencia de testigos mayores de edad durante las consultas médicas y prevenir delitos de índole sexual cometidos por personal de salud.